Los bancos calculan en un máximo de 10.000 millones de euros el impacto que tendría en sus balances una teórica sentencia contra las cláusulas suelo con carácter retroactivo desde 2009 del Tribunal de Justicia Europeo. La banca podría cargar estos costes contra sus reservas.
La polémica vuelve a estar servida en el sector financiero. Parece que los bancos españoles salen de un conflicto para meterse en otro. En este caso es con el futuro de las cláusulas suelo. La Comisión Europea (CE) recordó ayer, tras el informe conocido el lunes en el que defiende la retroactividad de las cláusulas suelo mal vendidas, que es el Tribunal de Justicia de la Unión Europea quien tiene “la última palabra” sobre este asunto. Y destacó que su opinión remitida al alto tribunal en Luxemburgo “no es vinculante”.
Pese a ello, la opinión de Bruselas disparó las alarmas de los bancos españoles.
La AEB enfatizó ayer que es el Tribunal de la Unión Europea el que debe juzgar si la comercialización de determinadas cláusulas suelo se hizo de forma transparente y no sobre la legalidad de las mismas. Además, asegura que hasta que el Tribunal de Justicia de la UE no se pronuncie, el criterio válido en esta materia es el fijado en España por el Tribunal Supremo, quien declaró nulas en mayo de 2013 sólo las cláusulas suelo vendidas por BBVA, Cajamar y Novacaixagalicia, hoy Abanca.
La patronal bancaria destaca que el Supremo lo hizo sin carácter retroactivo, por lo que las entidades no tuvieron que devolver el dinero cobrado de más a sus clientes con anterioridad a esa fecha, y fijó jurisprudencia al respecto. A modo de ejemplo, la AEB subraya que el Gobierno de España y el del Reino Unido han presentado sus alegaciones a la CE, que son favorables al criterio establecido en España por el Supremo, por lo que solo se consideran ilegales las cláusulas suelo mal vendidas y sin carácter retroactivo. La CECA asegura, además, que la aplicación de las cláusulas suelo son plenamente legales.
Fuentes bancarias calculan entre 5.000 millones de euros a un máximo de 10.000 millones el impacto que tendría en el conjunto del sector una sentencia contraria a las cláusulas suelo con carácter retroactivo desde 2009, año en el que se impulsaron las hipotecas con este tope en el tipo de interés. Estos cálculos son mucho más laxos que los que ofreció ayer la Asociación de Usuarios de Banca (Adicae), que interpreta que la banca se ha embolsado unos 6.000 millones al año por las cláusulas suelo.
En el hipotético caso de que el Tribunal de Justicia Europeo fallase a favor de la retroactividad de las cláusulas suelo, los bancos podrían salvar parte de sus cuentas de resultados. Solo tendrían que llevar contra los beneficios de este ejercicio la eliminación de las cláusulas de este año, como hizo BBVA, Novacaixagalicia o Cajamar en mayo de 2013. Las de 2009 hasta 2014 se cargarían contra las reservas de la entidad, al haber concluido ya esos ejercicios y haberse repartido los beneficios entre capital y dividendos.
Los bancos más afectados por las cláusulas suelo son Unicaja, Liberbank, Ibercaja, BMN, Sabadell y Popular. Pero en el caso de que al final se falle a favor de la retroactividad de las cláusulas suelo consideradas nulas o mal vendidas, BBVA, Novacaixagalicia y Cajamar se verían nuevamente afectados. La banca, además, espera la respuesta de la juez del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid a la macrodemanda interpuesta por 15.000 afectados.
Fuentes financieras afirman que el impacto que puedan tener estas sentencias en los bancos medianos pueden llevarles a buscar fusiones o a la venta de activos y ampliaciones de capital, al poder provocarles pérdidas este año y a recortar sus fondos propios. En los últimos días CaixaBank y Bankia han decidido retirar sus cláusulas suelo en más de 230.000 hipotecas correspondientes a este año. BBVA, Cajamar y Abanca también las retiraron tras el fallo del Supremo de 2013 por falta de transparencia.
El Ejecutivo en respuesta parlamentaria al PSOE recuerda que el fallo judicial “establece la licitud de las cláusulas suelo siempre que se observe el cumplimiento de ciertas exigencias de transparencia” y defiende que su inclusión en los préstamos hipotecarios ha sido “aceptada largo tiempo” y responde a “razones objetivas” por lo que no pueden ser consideradas con carácter general “abusivas o ilegales”.
El texto parlamentario hace hincapié en que el fallo del Alto Tribunal “no supone la nulidad automática” de todas las cláusulas suelo, sino únicamente aquellas que adolecieran de falta de información según un “análisis específico en cada caso concreto”. “No cabe entender que cualquier cláusula suelo es per se nula”, insiste.
El Ejecutivo señala en este mismo texto que “no se dispone de la información estadística sistematizada y contrastada” sobre el número de cláusulas suelo ya que la Estadística de Hipotecas no recoge ese dato.
En cualquier caso, “dado que la determinación del posible abuso de las cláusulas suelo pactadas por las partes en los contratos de préstamo hipotecario requieren de un análisis individualizado de cada uno de ellos realizado por la autoridad judicial competente”, el Gobierno reitera que “no es posible facilitar una cifra que indique el número de préstamos que podrían verse afectados por una posible declaración de nulidad”.
Los bancos se defienden de las opiniones de las asociaciones de consumidores y de los expertos de la Comisión Europea. La patronal de las antiguas cajas, la CECA, asegura que las cláusulas suelo “están contempladas en el ordenamiento jurídico (Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios). Su aplicación, por tanto, es plenamente legal”. Añade que debe tenerse en cuenta “que nuestra legislación hipotecaria se cuenta entre las más protectoras de la UE desde el punto de vista del consumidor”.
El despacho de abogados Génova recuerda que las sentencias dictadas los últimos meses se centran en la transparencia con la que actuaron los bancos. “Las Audiencias Provinciales confirman el cumplimiento de las exigencias legales y los requisitos de transparencia exigidos por el Tribunal Supremo”, añade este bufete. Y recuerda que desde su bufete han llevado casos de Ceiss, Banco Popular y Caja Rural del Sur, cuyas sentencias han sido falladas a favor de las entidades.
El Tribunal europeo tiene que responder tras una consulta del Juzgado de lo Mercantil de Granada presentada en abril, y está abierto el procedimiento para que las partes interesadas presenten sus argumentos por escrito, como el informe remitido por la CE.