“Pugna” Taxi/Cabify: Aprobadas nuevas medidas restrictivas de las VTC

Llega un respiro para el taxi tras las últimas sentencias del Supremo que abren la puerta a la concesión de miles de licencias VTC (Vehículo de Transporte con Conductor) solicitadas entre 2009-2015 aprovechando un vacío legal en su regulación.

Así las cosas, el gobierno prohíbe vender licencias VTC hasta pasados 2 años desde su concesión, y crea un registro de trayectos contratados en la App a fin de evitar la especulación y recogida aleatoria de clientes, si bien debe recordarse que la CNMC ya impugnó el límite relativo a la ratio 1/30 entre licencias VTC/Taxi al entender que restringía la libre competencia, por lo que es probable que haga lo mismo con esta nueva regulación.

Ahora bien, sabiendo que el TS guarda silencio sobre el encaje legal de este tipo de compañías, ¿puede considerarse Cabify una empresa de transporte? en este sentido la Sentencia del Juzgado Mercantil Nº 12 de Madrid de 13/06/2017 nos da una pista al entender que actúa en el mercado como mera intermediaria, por lo que el respeto a las normas de competencia correspondería, en su caso, a los conductores (al igual que en caso de cometerse una infracción de tráfico).

Si bien la sentencia evita excluir/afirmar su carácter de empresa de transporte, indirectamente, al reconocer su carácter de “intermediaria”, estaría encajándola en el marco de las sociedades de la información y comercio electrónico definidas en la Ley 34/2002 de 11 de Julio (LSSI) al ser una plataforma que media en el cruce de la oferta y la demanda entre clientes que solicitan un servicio de transporte y los VTC (al igual que ocurre con empresas como Airbnb o Wallapop), por lo que la contratación del servicio se realiza directamente con el conductor y no con la empresa.

La consecuencia de ello sería que limitar las VTC chocaría con el art. 7 de la LSSI, el cual permite realizar de este tipo de actividad en “régimen de libre prestación de servicios sin que pueda establecerse ningún tipo de restricciones a los mismos”, por lo que habrá que esperar a que el TS arroje algo de luz en el asunto. Una decisión en la que, inevitablemente, mirará de reojo la reciente sentencia del TJUE que califica a la extinta UberPop como empresa de transporte, si bien se trata de un caso muy diferente en el que sus conductores operaban sin ningún tipo de licencia.